La Prohibición de ausentarse del país es una modalidad o forma de medida cautelar interpuesta por la o el juzgador por pedido de la o el fiscal, quien podrá disponer el impedimento de salida del país para asegurar la presencia de la persona procesada.
Fuente: Art. 523 COIP
Estudio Jurídico Rosero Y Asociados
Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.
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