Empezamos #abrilderechodefamilia con uno de los temas que más nos consultan en nuestros Estudio, la patria potestad.
¿Qué es?
La #PatriaPotestad es un término jurídico que consiste en el poder de los padres o ascendientes sobre sus hijos descendientes.
Es un conjunto de derechos que tienen los padres sobre sus hijos no emancipados.
Los hijos de cualquier edad, no emancipados, se llaman hijos de familia; y los padres, con relación a ellos, padres de familia.
Los caracteres más destacables de esta figura son:
1. Supone una manifestación de la función tutelar a favor de los hijos y no en interés del titular;
2. Alcanza a todos los hijos, tanto biológicos como adoptivos, tanto matrimoniales como extramatrimoniales.
3. La patria potestad se caracteriza por la intransmisibilidad, irrenunciabilidad e imprescriptibilidad;
En el artículo 104 del Código de la Niñez y la Adolescencia, se establece que respecto a la patria potestad, se estará a lo dispuesto en el 283 y siguientes del Código Civil, sin perjuicio de lo que disponen los artículos 105 al 117 del Código de la Niñez y Adolescencia.
Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.
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