Legítima Defensa

Existe legítima defensa cuando la persona actúa en defensa de cualquier derecho, propio o ajeno, siempre y cuando concurran los siguientes requisitos:

1. Agresión actual e ilegítima.
2. Necesidad racional de la defensa.
3. Falta de provocación suficiente por parte de quien actúa en defensa del derecho.

Fuente: Art. 33 Código Orgánico Integral Penal

Estudio Jurídico Rosero Y Asociados

Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.

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