La o el juzgador podrá ordenar una o varias medidas cautelares y de protección previstas en el COIP, con el fin de:
1. Proteger los derechos de las víctimas y demás participantes en el proceso penal.
2. Garantizar la presencia de la persona procesada en el proceso penal, el cumplimiento de la pena y la reparación integral.
3. Evitar que se destruya u obstaculice la práctica de pruebas que desaparezcan elementos de convicción.
4. Garantizar la reparación integral de las víctimas.
Estudio Jurídico Rosero Y Asociados
Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.
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