El derecho de usufructo es un derecho real que consiste en la facultad de gozar de una cosa, con cargo de conservar su forma y sustancia, y de restituirla a su dueño, si la cosa no es fungible; o con cargo de devolver igual cantidad y calidad del mismo género, o de pagar su valor, si la cosa es fungible.
Fuente: Art. 778 Código Civil.
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Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.
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