CONSTITUCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR EN UNIÓN DE HECHO

En unión de hecho se puede constituir un patrimonio familiar, ¡claro que sí!

👉🏽 Las personas unidas de hecho podrán constituir patrimonio familiar para sí y en beneficio de sus descendientes, el cual se regirá por las reglas del Código Civil.

La sociedad de bienes subsistirá respecto de los restantes.

(Art. 225 del Código Civil)

👉🏽 El patrimonio familiar, es aquel intransferible, inembargable, que se construye con una cantidad de bienes, con el fin de crear estabilidad en una familia.

(Art. 69 numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador).

📸 pexels

Para más información, comunícate con nosotros a los teléfonos: 2328909-2531487 whatsapp 098-772-6514.

R&R

Dr. Fernando Rosero González
Ab. Ma. Fernanda Rosero M.

#agostounióndehecho
#roseroyasociados
#estudiojuridicorosero
#derechoecuador
#abogados
#Ecuador